Ante el auge que están tomando este tipo de monedas, Hacienda ha establecido un marco legal informativo (Ley 11/2021), donde obliga a presentar varios modelos anuales a partir de 2023.
Obligados a presentar estas declaraciones:
- Las entidades que presten servicios de cambio entre monedas virtuales, o cualquier operación relacionada en este ámbito (permuta, compra venta, almacenamiento, custodia de claves, etc…)
Información a declarar: titulares, autorizados o beneficiarios de criptomonedas y saldos a principio y fin de cada ejercicio, tipos de monedas, número de unidades y su valoración en €uros (en base a la cotización ofrecida por las principales plataformas de negociación).
Modelos a presentar: Mod 172 y Mod 173. Pendiente de aprobación el Mod 721 para monedas virtuales en el extranjero (debatida cuestión, ya que al ser activos digitales no tienen ubicación física, pero probablemente será determinante el lugar dónde esté obligado a presentar las declaraciones la entidad que custodie o preste estos servicios).
Modelos ya existentes y a los que también afecta: Mod 720 en el que el titular de estos activos también debe informar de bienes y derechos en el extranjero.
Plazo de presentación: en enero de cada año, con la información declarada respecto al año anterior.
Finalidad: reforzar el control tributario en cuanto a la operativa y titularidad de este tipo de dinero, así como una nueva obligación informativa para los sujetos que prestan servicios sobre este tipo de monedas.
Desde Asesoría DYALF te recordamos que debes informarnos a este respecto si te ves afectado, para cumplir en tiempo y forma con la Agencia Tributaria.