Como en trimestres anteriores te indicamos los plazos que vencen en las próximas fechas:

Desde abril hasta el 1 de julio de 2024: presentación por Internet de las declaraciones de Renta y Patrimonio 2023 (más adelante te enviaremos información detallada sobre este asunto)

También queremos recordarte que nos aproximamos a la finalización del PRIMER TRIMESTRE, por lo tanto, debemos practicar las liquidaciones correspondientes. Para ello es necesario que nos envíes todos los datos, relaciones o facturas de compras, ventas y gastos de estos tres meses (ENERO, FEBRERO Y MARZO) antes del 10 de abril, no obstante, si ya nos lo estás trayendo mes a mes, sólo tendrás que aportarnos los correspondientes a marzo, si no es así, te rogamos consideres la conveniencia de facilitarnos los datos mensualmente, ya que de esta forma llevaremos un mejor control fiscal de tu actividad, cuestión que consideramos muy importante, como podrás comprobar por nuestras constantes y reiteradas peticiones.

Queremos invitarte, si no lo estuvieras haciendo ya, a que nos envíes tu documentación a través de nuestra nueva plataforma del Portal Facturas Contabilidad. Desde aquí podrás fácilmente enviarnos todas las facturas, tanto recibidas como emitidas, incluso desde el móvil. Podrás acceder en todo momento a cualquier documento de forma muy sencilla. También dispones de un programa de facturación intuitivo y ágil. Ponte en contacto con nosotros para darte acceso al servicio, sin coste adicional.

HASTA EL 20 de ABRIL:
• RENTA Y SOCIEDADES: Primer Trimestre 2024. Retenciones e ingresos a cuenta de rendimientos del trabajo, actividades económicas, premios y determinadas ganancias patrimoniales e imputaciones de renta, rentas de arrendamiento de inmuebles urbanos, capital mobiliario, personas autorizadas y saldos en cuentas.
• Pagos fraccionados Renta; Primer Trimestre 2024: Estimación Directa y Estimación Objetiva
• Pagos fraccionados Sociedades y Establecimientos Permanentes de No Residentes Ejercicio en curso.
• IVA: Primer Trimestre 2024.
Régimen General. Autoliquidación
Declaración-Liquidación no periódica.
Declaración recapitulativa de operaciones intracomunitarias.
Servicios vía electrónica
Operaciones asimiladas a las importaciones:
Solicitud de devolución Recargo de Equivalencia y sujetos pasivos ocasionales

En Asesoría DYALF seguimos a tu disposición para cualquier aclaración o duda que puedas necesitar.

 

 

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