Con fecha de hoy 15 de Abril de 2.020 y en base al R.D.L 14/20, los plazos de presentación e ingreso de las declaraciones y autoliquidaciones tributarias, de aquellos obligados tributarios con volumen de operaciones no superior a 600.000 €uros en el año 2019, cuyo vencimiento se produzca a partir de hoy, SE EXTENDERÁN hasta el día 20 de mayo de 2020. Si la forma de pago elegida es la domiciliación, el plazo de presentación se extenderá hasta el 15 de mayo de 2020.
Es decir, se podrán aplazar la presentación de la declaración trimestral del IVA, el pago fraccionado del Impuesto sobre Sociedades, así como el del IRPF.
Con independencia del momento de la presentación todos los cargos se realizarán el 20 de mayo. Eso incluye también las declaraciones presentadas antes del 15 de este mes.
Así mismo, os recordamos que ya se aprobó la posibilidad de que pymes y autónomos pudieran aplazar el pago de impuestos hasta un máximo de 30.000 euros durante seis meses, con tres meses sin intereses.
Muchos clientes sois conscientes, y así nos lo hacéis llegar, de la carga de trabajo que está suponiendo esta crisis sanitaria en nuestro sector. ESTAMOS MUY AGRADECIDOS de vuestra colaboración, paciencia y consciencia de que a diario se publica mucha normativa e información, que genera dudas interpretativas y urge analizar.
Sin apenas descanso, hacemos lo IMPOSIBLE por atenderos a todos, de verdad. Insistimos en que preferiblemente debéis contactarnos por mail, para organizarnos mejor y poder dar respuesta a vuestras consultas. Tele trabajando desde casa, el desvío de la centralita para la atención de las llamadas telefónicas hay veces que se complica y se cortan.
Tratamos de desarrollar profesionalmente nuestro trabajo. Una vez más, gracias por vuestra comprensión y paciencia. Saldremos adelante entre todos. Cuidaos.