Este año han sido aprobadas una serie de medidas de prevención y lucha contra el fraude fiscal (Ley 11/2021, de 9 de julio) que conviene destacar:
– Las transacciones en efectivo entre empresas, profesionales y clientes, donde se marca un límite para pagos en efectivo de 1.000 €uros (anteriormente el límite estaba en 2.500 €uros), que ya era conocido.
– En materia de responsabilidad subsidiaria en el pago de impuestos, serán las personas que actúen en nombre y por cuenta del importador, así como diversas modificaciones en el Impuesto de Sociedades, etc…
– RESALTAMOS la medida que recae sobre los programas de FACTURACION, los cuales deberán de impedir la modificación y destrucción de sus registros, con el objetivo de evitar que se oculte parte de la facturación que se haya podido registrar. Los mal llamados «softwares de doble uso». Además, estos programas deberán de cumplir con una serie de requisitos técnicos. No obstante, esta medida está pendiente aprobación reglamentaria, donde se establecerán los requerimientos exigidos en los programas instalados.
Nuestra recomendación desde Asesoría DYALF, si es tu caso, es que te informes con tu proveedor de software si tu programa cumple debidamente, para evitar este tipo de facturación.