IMPORTANTE: HASTA EL 10 DE ABRIL SOLICITUD DE MORATORIA O APLAZAMIENTO DE LAS COTIZACIONES SOCIALES. EXCLUIDOS: AUTÓNOMOS CON DERECHO A PRESTACIÓN EXTRAORDINARIA POR CESE DE ACTIVIDAD Y EMPRESAS QUE HAYAN PRESENTADO ERTES DE FUERZA MAYOR.

 

Real Decreto-Ley 11/2020 de medidas urgentes complementarias en el ámbito social y económico
Plan de apoyo y financiación de la Com.Madrid
 (pendiente de publicación)

(Crisis sanitaria causada por el coronavirus)

En el ÁREA LABORAL se han establecido la posibilidad de moratorias y aplazamientos de las cotizaciones sociales.

PLAZO: El plazo para solicitar la moratoria o el aplazamiento de cuotas será del 1 al 10 del mes de abono de dicha cuota y se prolongarán varios meses, como describiremos caso por caso después.
CÓMO: para empresas, a través del Sistema RED y deberán presentar solicitudes individualizadas por cada código de cuenta de cotización donde figuren de alta los trabajadores respecto de los que se solicita la moratoria en el pago de sus cotizaciones y por conceptos de recaudación conjunta. Para autónomos, además también por SEDESS y en cualquier caso, la Tesorería General de la Seguridad Social podrá habilitar cualquier otro medio electrónico distinto al Sistema RED o SEDESS para que se efectúe la solicitud.

INSISTIMOS que tanto para autónomos como para empresas, el plazo para solicitar la moratoria o el aplazamiento de cuotas será del 1 al 10 del mes de abono de dicha cuota. Por tanto, y como DYALF es entidad autorizada en el sistema RED de nuestros clientes, quienes quieran acogerse, deben enviarnos un mail LO ANTES POSIBLE para su tramitación.

A QUIEN: A continuación contamos cómo afectarán estas medidas a las a las cotizaciones sociales durante los próximos meses sólo para los supuestos de autónomos y empresas que continúen su actividad.

Autónomos que mantengan su actividad podrán acceder a medidas de flexibilización para mejorar su situación durante estos meses.
La cuota de autónomos de abril: podrán solicitar el aplazamiento a un interés reducido del 0,5%, y deberán solicitarlo antes del transcurso de los 10 primeros días naturales del mes de abril, para evitar la facturación de la cuota.
Las cuotas de mayo, junio y julio: se ha aprobado una moratoria (sin intereses) de 6 meses para estas cuotas (hasta noviembre y diciembre de 2020 y enero de 2021). Sus requisitos se establecerán por orden ministerial y para quienes no cumplan los requisitos de acceso a esta moratoria, podrán solicitar el aplazamiento al 0,5% de interés de las cuotas de mayo y junio.

Empresas que han mantenido su actividad disfrutarán también de medidas de flexibilización:
Cuotas a pagar en abril (correspondientes al mes de marzo), podrán solicitar el aplazamiento a un interés reducido del 0,5%. Igualmente, para poder tramitarlo, deberán solicitarlo antes del transcurso de los 10 primeros días naturales del mes de abril.
Cuotas a pagar en mayo, junio y julio, podrán acogerse a la moratoria de 6 meses para las cuotas correspondientes a los meses de abril, mayo y junio (cuyo periodo de abono es un mes posterior) si cumplen los requisitos. En caso contrario podrán solicitar el aplazamiento al 0,5% de interés para las cuotas a pagar en mayo y junio.

Aprovechamos también para comentar que la Comunidad de Madrid ha anunciado el plan de apoyo y financiación para los autónomos  y pymes de la Comunidad de Madrid (AÚN PENDIENTE DE PUBLICAR), pero que consistirá en:

Ampliación de las ayudas de 3.200 euros para autónomos que se habían agotado anteriormente en el plan impulsa.
A través de Avalmadrid se facilitará el acceso a financiación a pymes y autónomos madrileños.
Bonificación en la factura de Canal de Isabel II para los autónomos afectados por el COVID-19

Estas ayudas autonómicas o de grandes proveedores, diferentes a las prestaciones, moratorias y aplazamientos de Seguridad Social, Mutuas de Accidentes de Trabajo y/o la Agencia Tributaria, por parte de Dyalf, aunque trataremos de informar, por la carga de trabajo que está suponiendo esta situación en cuanto a solicitud de ERTEs y prestaciones por ceses de actividad, NO VAMOS A PODER TRAMITARLAS. Si ayudaremos a los clientes, en cuanto a remitirles alguna documentación que necesiten para las mismas, pero se deben consultar y gestionar personalmente a través de las páginas web de los organismos oficiales (sede electrónica)

Aunque a través de los medios de comunicación ya se empieza a hacer eco de la carga de trabajo que para nuestro sector está suponiendo esta crisis sanitaria, de nuevo insistimos en que, cada día se publica mucha normativa e información, que genera dudas interpretativas y urge analizar. Sin apenas descanso, hacemos lo IMPOSIBLE por atenderos a todos, de verdad.

Insistimos en que preferiblemente debéis contactarnos por mail, para organizarnos mejor y poder dar respuesta a vuestras consultas. Tele trabajando desde casa, el desvío de la centralita para la atención de las llamadas telefónicas hay veces que se complica y se cortan.

Tratamos de desarrollar profesionalmente nuestro trabajo. Una vez más, gracias por vuestra comprensión y paciencia. Saldremos adelante entre todos. Cuidaos.

Suscríbete a nuestra Newsletter

Obtén en tu email las últimas novedades fiscales

Suscríbete a nuestra Newsletter

¡Muchas gracias! Te has suscrito con éxito.